miércoles, julio 09, 2014

Proyecto de ley que modifica la ley N° 17.798, de Control de Armas

Acerca del Proyecto de ley que modifica la ley N° 17.798, de Control de Armas

En el año 2008, durante el primer mandato de Michelle Bachelet, se despachó un proyecto de ley que modifica la ley chilena 17.798 de Control de Armas y Explosivos. De acuerdo a la lectura, se da a entender que el propósito de dicha modificación es actualizar y aumentar la regulación respecto a la tenencia de armas, municiones y materiales afectos a dicha ley. (Click aqui para ver el Trámite legislativo de dicho proyecto de ley)


De acuerdo a la actual legislación, quedan bajo control de la Dirección General de Movilizacion Nacional:

a) El material de uso bélico, entendiéndose por tal, las armas cualquiera sea su naturaleza, construidas para ser utilizadas en la guerra por las Fuerzas Armadas, y los medios de combate terrestres, navales y aéreos, fabricados o acondicionados especialmente para esta finalidad;

b) Las armas de fuego, sea cual fuere su calibre, y sus partes y piezas;

c) Las municiones y cartuchos;

d) Los explosivos, bombas y otros artefactos de similar naturaleza, y sus partes y piezas;

e) Las sustancias químicas que esencialmente son susceptibles de ser usadas o empleadas para la fabricación de explosivos, o que sirven de base para la elaboración de municiones, proyectiles, misiles o cohetes, bombas, cartuchos y los elementos lacrimógenos o de efecto fisiológico;

f) Los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes y piezas. En este caso no será aplicable lo dispuesto en los artículos 8º y 14º A, y

g) Las instalaciones destinadas a la fabricación, armaduría, prueba, almacenamiento o depósito de estos elementos

Para los efectos de este control, las autoridades a que se refiere el artículo 1° de esta ley podrán ingresar a los polígonos de tiro.

Hasta ahora todo bien... pero a finales de junio de este año aparecieron ciertas "indicaciones" para que el proyecto de ley vaya al senado. Hay dos indicaciones en las que quiero detenerme y en la cual el Airsoft nuestro podría verse claramente comprometido. Estas "indicaciones" son:

"4A.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para intercalar el siguiente número 2, nuevo, pasando el actual número 2 a ser 4, adecuándose el orden correlativo de los demás numerales:

“2.- Modifícase el artículo 2° en el siguiente sentido:

a) Intercálase la siguiente letra c) nueva, pasando la actual c) a ser d) adecuándose el orden correlativo de las demás letras:

“c) Las armas a fogueo y de balines;”.

b) Agrégase a la actual letra “c)”, que pasó a ser letra “d)”, después del vocablo “cartuchos” y antes del punto y coma (;) la siguiente frase: “incluyendo balines”.

c) Intercálase una nueva letra h), a continuación de la actual letra f), que pasa a ser g), del siguiente tenor; pasando la actual letra g), a ser i).

“h) Las armas neumáticas, las ballestas y hondas profesionales.”.”.

5.- Del Honorable Senador señor Prokurica, para incorporar un numeral nuevo, del siguiente tenor:

“….- Efectúanse las siguientes enmiendas en el artículo 3°:

a) Intercálase en el inciso primero, a continuación de la expresión “apariencia inofensiva”, lo siguiente: “; armas de juguete adaptadas para el disparo, armas cuyo sistema de marcaje se encuentre adulterado o borrado o no cuenten con marcaje de fabricación;”."

A primera lectura, quedaría expreso que de aprobarse esta modificación, la ley somete a control las armas a fogueo y "de balines", sin especificar ni tampoco declarar expresamente las de airsoft ya que el inciso a modificar habla solo "y de balines" (¿estarán metiendo en el mismo saco los balines de aluminio, acero, plomo y PVC?). Dicho control también estará extendido a la munición que "incluya balines" (se extendería a los cartuchos que contienen balines de goma. este tipo de "munición no letal", es el que usan las FFEE de Carabineros y el GEAM de Gendarmería de Chile como métodos de disuación o control de masas) .

Otra situación es la que expone el Sr. Prokurica: ¿que arma de juguete puede ser adaptada para el disparo? las armas a fogueo se podrían adaptar a munición real, las réplicas decorativas o armas desmilitarizadas se pueden reacondicionar colocando su sistema de disparo original y reacondicionando el cañón u colocando otro con las mismas especificaciones, pero queda claro que las réplicas airsoft NO SE PUEDEN ADAPTAR PARA QUE DISPAREN MUNICION REAL.  Está comprobado de que así es.

Y otra pregunta que me queda en el tintero: ¿que va a pasar las importaciones? ¿van a tener la misma fiscalizacion un particular que compre sus articulos airsoft por internet y un vendedor establecido? ¿serán nuestras importaciones sometidas al mismo control que las armas reales? ¿el transporte? ¿tendremos que acceder a una licencia "para portar réplicas"? ¿aumentarán más los impuestos "por importación"?

Mi opinión personal:

Como airsofter, respetuoso y defensor de las normativas vigentes, considero estas "indicaciones" una estupidez, que refleja solo la necesidad del Gran Hermano (que es el Estado) de querer tener control de todo. Esta medida casi enfermiza pretende primero querer "regularnos" ya que, según el Estado, nosotros no podemos hacerlo por nuestra cuenta, aún habiendo evidencia de que si podemos hacerlo; segundo, es la marabuntesca necesidad de querer sacarnos más plata (más de la que ya nos sacan al pagar el IVA por cada artículo que compremos, así como los impuestos que debemos pagarle a Aduanas) al tener que gastar en papeleo so pretexto de registrar nuestras réplicas en la DGMN, que es la única entidad autorizada para llevar dicho registro. Es solo una obra más de la burrocracia gobernante, tratando de aumentar y justificar la razón de ser del aparato fiscalizador estatal, dándoles una pega que en el fondo es solo paja molida y no tendrá ningún sentido práctico.

En cuanto al otro motivo: habrá que darle gracias a todos y cada uno de esos POCOSESOS que gracias a sus irresponsables "actos", el Gran Hermano nos va a echar el guante y terminará matando el airsoft nuestro de cada fin de semana.

Cabe mencionar que experiencias de este tipo, han existido en paises donde el airsoft es muy popular. en California, EEUU, existe una mocion llamada SB199 (actualmente ya pasó al senado norteamericano) en la que obliga a que las réplicas lleven la punta naranja (en el flash hider o punta del cañón) o en algunos casos sean coloreadas de tal manera que se distinga a simple vista de un arma real. En España, se establecieron restricciones a la velocidad de salida de las réplicas, dejandolas en un máximo de 3.5 joules pero clasifica el calibre de las réplicas en 8mm. (Click aquí). Pero ninguna ha tenido tanto revuelo como "ésta" que ha sido hecha ideológicamente (en mi opinión) siguiendo el decálogo de Lenin de 1913: "10. Registre a todos aquellos que posean armas de fuego, para que sean confiscadas en el momento oportuno, haciendo imposible cualquier resistencia a la causa."

Es hora de que nos unamos EN UNA SOLA VOZ e ilustremos a nuestros legisladores acerca de lo que realmente es el airsoft, predicando con el ejemplo. ilustrando claro, a aquellos "irresponsables" o "pastel de bototo" acerca de que EL AIRSOFT ES UN DEPORTE.

Sgt. Maj. Joe McDraken
USMC Airsoft Team Chile.

5 comentarios:

  1. Creo que habría que hacerles llegar una carta indicando la diferencia entre un poston y un balín airsofero. Aun es mucha la desinformación con relación a nuestro deporte. Atentamente: Felipe (Makarov) Team Legionarios, La Serena.

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  2. gracias por tu comentario Makarov. como airsofter, te comento que la evidente ambiguedad de la ley nos va a perjudicar en mas de alguna cosa. en el facebook del team Ronin sale un análisis similar al mio, pero mejor acabado.

    https://www.facebook.com/47roninairsoft/posts/810463065665076

    Saludos

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  3. de acuerdo al comunicado de McNell en Reciclo Airsoft, la gente de Ronin tendrá pronto una reunión con el Senador Prokurica para conocer los alcances de las "indicaciones" que ya fueron enviadas a la comision de defensa del Senado. algo ya se está avanzando.

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  4. Estimados buen dia!
    Quisiera saber que paso con esta ley, se puede importar replicas de airsoft, de lo contrario, que documentos pedirian en la aduana para demostrar que no sean armas de fuego.

    Saludos

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    Respuestas
    1. Hola Nicole:

      Gracias por tu consulta. Hasta donde yo sé, no hay novedades respecto al tema. El proyecto de ley todavía duerme en el congreso y por lo mismo la ley se mantiene tal cual como hasta ahora.

      Sgt. Joe McDraken
      Team Lider
      USMC Airsoft Team Chile.

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